Citilab - Cornellà
Observatorio para la CiberSociedad
Espacio para la reflexión, el análisis y el debate sobre
el ciberespacio desde las ciencias humanas y sociales

Divulgación OCS

[publicar nuevo artículo]
[ver lista de artículos]


La Neutralidad en la Red (Net Neutrality)

Autor/-a: Eduardo J. Ramírez Chávez


Inédito


La neutralidad de la red es un término acuñado a principios del año 2000, dicho término se refiere a la necesidad de que la red se opere bajo tres principios: la no discriminación: todo el tráfico será tratado por igual a lo largo de toda la red. La Interconexión: el operador de cada red tiene el derecho y el deber de conectarse a cualquier otra red de Internet. El acceso: los usuarios tienen el derecho a establecer comunicaciones con otros usuarios en igualdad de condiciones (Thierer, 2004).

El problema recae en que las operadoras de telecomunicaciones creen que esta neutralidad es injusta. Las operadoras argumentan que dedican una enorme inversión para desplegar y actualizar las infraestructuras necesarias para soportar el modelo de convergencia de telefonía, televisión y banda ancha. Esta inversión, aseguran, beneficia sobre todo a las empresas de contenidos online (could computing). En consecuencia, quieren ofrecer mayor ancho de banda a los proveedores que paguen más y ralentizar el acceso a las sedes web que coticen menos o que no lo hagan. Esta nueva forma de tarificación podría suponer incluso la restricción del acceso a determinadas aplicaciones y servicios, como la voz sobre IP, por ejemplo

Por ejemplo en 2006 ONO (operadora de cable en España) se vio obligada a reconocer que cuando su red tenía problemas de rendimiento penalizaba el tráfico p2p (per to per), un tráfico entre particulares que en un mercado de tarifa plana no generaba ningún ingreso adicional para la compañía y por tanto era menos prioritario para sus intereses. Lo mismo sucedió en Chile con Telefónica, que penalizaba el tráfico de VoIP, es decir, las llamadas telefónicas sobre IP con el que la ciudadanía evitaba las tarifas de telefonía tradicional base del negocio de Telefónica en el país (Genis, 2005).

Es decir, el operador de telecomunicaciones decidía unilateralmente que tipo de datos merecía una mayor o menor prioridad en la red. Es evidente lo peligroso que resulta que alguien tome arbitrariamente estas decisiones, ya que los móviles que pueden inducir una u otra opción pueden responder a intereses más que opinables. Otro ejemplo es British Telecom ha atendido las peticiones del equivalente a la SGAE británica y penaliza el tráfico de aquellos que descargan música u otros contenidos supuestamente afectados por derechos de la propiedad. En Estados Unidos estos asuntos ya han llegado a los tribunales, que en agosto de año pasado dictaminó que la operadora Comcast se excedió al discriminar el tráfico que debían recibir sus usuarios.

Las operadoras de telecomunicaciones argumentan que la actual Internet y el uso que de ella hacemos requieren infraestructura cada vez más importante. Que lo que empezó siendo un uso periférico de los medios existentes, se está convirtiendo en algo que obliga a hacer importantes inversiones que deben encontrar un modelo de ingresos que las compense. Si no pueden discriminar el tráfico, amenazan con incrementos de tarifas para poder asumir las inversiones.
Pero los usuarios que en ocasiones son los creadores de la Internet se rebelan contra ello apelando que si la red ha logrado su desarrollo actual ha sido gracias a su neutralidad, que ha permitido que cualquiera de nosotros tuviera la oportunidad de desarrollarse y expresarse en igualdad de condiciones con cualquier otro.

Para ser precisos, el problema de la neutralidad de la red no debería referirse sólo al papel de los operadores de telecomunicaciones. Los operadores de contenidos también deben garantizarnos su neutralidad, y ya hay quien se queja del poder de Google o Microsoft. Ciertamente, Google puede decidir unilateralmente que ciertos contenidos no son pertinentes, y si deja de indexarlos y de ofrecerlos como resultado en su buscador el perjuicio es claro.

Ante este panorama espero que en México no llegue la avaricia a los proveedores de internet, específicamente a TELMEX y las compañías de cable, que son las principales proveedoras de internet y bajo la convergencia digital podría discriminar el ancho de banda para su competencia en video, obligando de manera indirecta a los usuarios a ver su portal de video, por ejemplo.

Bibliografía.
• Thierer, Adam, 2004, Net Neutrality, Policy Analysis Enero 2004, p. 1-28.
• Roca, Genis, 2008, Sobre Neutralidad en la red, Blog Genis Roca, Publicación seriada, disponible en , Visto el [4 Enero 2009]

 



Los artículos publicados en la sección Divulgación OCS son una contribución colaborativa voluntaria al Observatorio para la CiberSociedad. La responsabilidad de las afirmaciones, opiniones y contenidos expuestos en esta sección, así como todo su mérito, recae, en este caso, en Eduardo J. Ramírez Chávez. El Observatorio para la CiberSociedad permite la reproducción de estos contenidos siempre y cuando se cite correctamente la fuente de procedencia y el autor/-a haya sido informado de ello y lo haya aceptado previamente y de modo expreso.

(c) Eduardo J. Ramírez Chávez, 26/01/2009